HECHOS: Resolución de 27 de enero de 2021 , de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Corcubión-Muros, por la que se deniega la cancelación de una finca incluida en un procedimiento de concentración parcelaria. Elrequerimiento al Notario para que tramite el expediente de jurisdicción voluntaria con el que se pretende dejar acreditada la veracidad de los hechos que declarará a fin de completar y rectificar la descripción registral de la finca (o inmatriculación, deslinde o tracto sucesivo) logrando la coordinación del Registro con la realidad y con el Catastro Enel Registro de la Propiedad se indicará si la finca está coordinada con el Catastro y en qué fecha. Supone, además, una reducción de cargas administrativas, GRATUITO ¿Por qué es tan importante coordinar el Registro de la Propiedad con el Catastro? La Ley Hipotecaria y el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, LaLey entrará en vigor el día 1 de noviembre de 2015. No obstante, entraron en vigor el 26 de junio de 2015: a) Toda la reforma catastral (art. 2 de esta Ley), incluida la derogación de la reforma catastral que incorporó la Ley de Presupuestos para 2005. b) La nueva redacción del artículo 206 de la Ley Hipotecaria. delimitacióncatastral y la realidad física de la finca, que hayan sido acreditadas por su propietario, se exigirá la previa subsanación de las discrepancias geométricas en la descripción catastral de la finca matriz, siendo de aplicación lo establecido en el artículo 9 de la Ley Hipotecaria. Enel Registro de la Propiedad. Por la aplicación del artículo 18.3 de la Ley del Catastro Inmobiliario. El Catastro realizará de oficio las subsanaciones de discrepancias cuando la rectificación se derive de uno de los procedimientos de coordinación con el Registro de la Propiedad en los que se haya utilizado una representación gráfica alternativa en formato Enconcreto, se añade un apartado 3 al articulo 11 de la ley de catastro, que de modo análogo a lo que ya dispone el 9.5 en materia de titularidades, señala, respecto de los inmuebles, que «En caso de fincas que hayan sido objeto de coordinación conforme a la legislación hipotecaria, se tomará en cuenta, a los efectos del Catastro, la descripción Igualmentese incluirá la referencia catastral del inmueble o inmuebles que la integren y el hecho de estar o no la finca coordinada gráficamente con el Catastro en los términos del artículo 10. Cuando conste acreditada, se expresará por nota al margen la calificación urbanística, medioambiental o administrativa correspondiente, con expresión de la fecha catastral que está georreferenciada. •Si existen varios inmuebles en una parcela catastral, se coordina con las fincas registrales a través de la parcela en la que se ubican. •Varias parcelas catastrales pueden coordinarse con una finca registral, pero no se pueden coordinar varias fincas registrales con una parcela catastral •No se .

que significa finca no coordinada con catastro